Patrimonio cultural inmaterial o patrimonio vivo: avance conceptual
Desde el punto de vista conceptual, el patrimonio cultural inmaterial cobró relevancia gracias a la normativa acordada durante la celebración la trigésima segunda conferencia general de la UNESCO, en octubre de 2003. Surge así la Convención para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial;
"Considerando la importancia que reviste el patrimonio cultural inmaterial, crisol de la diversidad cultural y garante del desarrollo sostenible, como se destaca en la Recomendación de la UNESCO sobre la salvaguardia de la cultura tradicional y popular de 1989, así como en la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural de 2001 y en la Declaración de Estambul de 2002, aprobada por la Tercera Mesa Redonda de Ministros de Cultura, Considerando la profunda interdependencia que existe entre el patrimonio cultural inmaterial y el patrimonio material cultural y natural".
La definición del concepto "patrimonio cultural inmaterial" quedó plasmada en al artículo segundo, de la siguiente manera:
1. Se entiende por “patrimonio cultural inmaterial” los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana. A los efectos de la presente Convención, se tendrá en cuenta únicamente el patrimonio cultural inmaterial que sea compatible con los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes y con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible.
2. El “patrimonio cultural inmaterial”, según se define en el párrafo 1 supra, se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes:
a) Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
b) Artes del espectáculo;
c) Usos sociales, rituales y actos festivos;
d) Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
e) Técnicas artesanales tradicionales.
El establecimiento de medidas de salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial comenzó con la elaboración de un inventario y continuó con una lista representativa, cuyo objetivo sigue siendo la salvaguarda. Actualmente, Las listas del patrimonio cultural inmaterial y el registro de buenas prácticas de salvaguardia, reúne la participación de 131 países y de 584 patrimonios culturales inmateriales inscritos.
Muy recientemente se ha incluido una palabra clave en en el concepto de patrimonio cultural inmaterial, incluso propiciada por la discusión en torno a la semántica del concepto, de tal forma que la UNESCO ha adicionado la narrativa de patrimonio vivo, que resulta, sin duda, más apegada al significado intrínseco de este tipo de valores universales excepcionales,
No hay aquí ninguna tarea deconstructiva, sino de reconocimiento conceptual, más cercano a la realidad efímera del patrimonio cultural vivo.
¿Qué es el CRESPIAL?
Patrimonio inmaterial en México
Enlaces de interés
La República Mexicana registra 8 expresiones culturales inscritas en la lista del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad de la UNESCO.
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Centro Regional para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina
Inventario del patrimonio cultural inmaterial del Estado de Guanajuato/Sistema de Información Cultural
Origen y objetivos. Procedimiento de selección. Proclamación de las Obras Maestras del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad